Número 24, Año 12, Julio 2026.  
Hacia una Convención Marco sobre la Deuda Sobe-  
rana: fundamentos, desafíos y oportunidades para  
una nueva arquitectura financiera.  
Patricia Miranda  
LATINDADD  
Daniela Berdeja  
LATINDADD  
Towards a Framework Convention on Sovereign Debt: foundations,  
challenges, and opportunities for a new financial architecture  
Rumo a uma Convenção-Quadro sobre Dívida Soberana: fundamen-  
tos, desafios e oportunidades para uma nova arquitetura financeira  
Fecha de recepción: 25 de junio de 2026  
Fecha de aprobación: 26 de junio de 2026  
En las últimas décadas, la deuda soberana ha vuelto a ser parte central  
de la agenda económica global. Las respuestas y el enfoque para abordar  
crisis y problemas relacionados han demostrado las profundas limitaciones  
y asimetrías de la actual arquitectura financiera internacional, la cual carece  
de marcos institucionales y mecanismos preventivos eficientes. Prevalece  
un enfoque ad hoc sobre estructuras informales que enfrentan un escenario  
con importantes diferencias con respecto a crisis de deuda pasadas.  
En este escenario, cobra fuerza la propuesta de una Convención Marco so-  
bre la Deuda Soberana que aspire a reconfigurar la gobernanza del sistema  
de deuda y ofrecer un modelo instruccional que garantice soluciones soste-  
nibles. Existen oportunidades para avanzar en la propuesta, pero también se  
requerirá voluntad política a nivel global. Un cambio, en este sentido, signi-  
fica dar paso a un sistema basado en principios de responsabilidad, institu-  
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Patricia Miranda y Daniela Berdeja  
Hacia una Convención Marco sobre la Deuda Soberana: fundamentos, desafíos y...  
cionalidad, soluciones sostenibles y prevención efectiva de crisis de deuda.  
El objetivo del documento es presentar las principales cualidades de una  
Convención Marco y perspectivas a partir de compromisos globales recien-  
tes. Previamente, el escrito revisa, desde una mirada sistémica, las causas  
de crisis recurrentes para luego abordar las deficiencias en las respuestas  
hasta ahora implementadas. Finalmente, se presentan elementos de la ar-  
quitectura financiera vinculados a la necesidad de una base institucional ba-  
sada en principios de justicia y compatible con el desarrollo sostenible y los  
derechos humanos.  
centrales abarataron el crédito a niveles históricos, generando que los flujos  
de capital se dirijan hacia la periferia en busca de mayores rendimientos,  
principalmente a través de fondos de inversión privados (Gabor, 2021). A par-  
tir de 2022, tras el aumento de la inflación se da una subida generalizada de  
tasas de interés, acompañada por el fortalecimiento del dólar. Así, volvió a  
cerrarse el grifo de financiamiento, generando una nueva oleada de proble-  
mas de liquidez y crisis en la periferia (Conferencia de las Naciones Unidas  
sobre Comercio y Desarrollo [UNCTAD], 2023).  
Estos hechos permiten identificar al menos dos dinámicas que configu-  
ran las crisis de deuda. La primera apunta a la prociclicidad de los flujos  
liquidez en la periferia, a diferencia de lo que sucede para economías cen-  
trales (Stiglitz & Guzmán, 2025). La liquidez fluye hacia países periféricos  
en momentos de auge global, induce al sobreendeudamiento y sale ma-  
sivamente ante cualquier síntoma de inestabilidad, derivando en crisis de  
liquidez e incluso solvencia.  
La naturaleza sistémica y recurrencia de las crisis de deuda soberana  
La recurrencia de las crisis de deuda soberana en países periféricos suele  
ser interpretada por la economía ortodoxa como una falla estrictamente do-  
méstica. Bajo esta lógica, la causa raíz de las crisis de deuda se reduce a pro-  
blemas de indisciplina fiscal, deficiencias en la gestión institucional interna  
del país o riesgo moral. Sin embargo, la recurrencia de estas crisis evidencia  
que no se trata de anomalías aisladas que puedan atribuirse a “malos deu-  
dores”, sino a manifestaciones estructurales de una arquitectura de deuda  
limitada. Se trata de un problema institucional global.  
La naturaleza cíclica de estas crisis puede ser comprendida a partir de tres  
episodios históricos. Por una parte, la denominada crisis de los ochenta en  
América Latina no nace únicamente de desequilibrios internos, sino a par-  
tir de factores exógenos. En particular, la elevación unilateral de la tasa de  
interés de referencia de la Reserva Federal de Estados Unidos, conocida  
como Volcker shock, que repercutió en tasas internacionales y el costo del  
financiamiento (Panitch & Gindin, 2012). Ello revirtió los flujos de capital de la  
periferia, que previamente había recibido una importante cantidad de finan-  
ciamiento incluso por encima de sus necesidades reales, particularmente en  
América Latina (Cantamutto, 2025).  
Un segundo episodio se refiere al proceso de desregulación financiera y  
liberalización comercial promovido por lo que se denominó el “Consenso  
de Washington”, y que terminó intensificando la volatilidad. Diversas crisis  
a finales de la década del 90 e inicio del nuevo milenio evidenciaron que  
la apertura forzada de la cuenta de capitales exponía a las economías en  
desarrollo a reversiones súbitas de capital (sudden stops), operando de ma-  
nera independiente a sus “fundamentos macroeconómicos” (Stiglitz, 2002;  
Ocampo, 2011).  
Un segundo elemento se relaciona con las asimetrías estructurales cen-  
tro-periferia y lo que se denomina el “pecado original”. Las economías pe-  
riféricas se enfrentan a la imposibilidad de endeudarse internacionalmente  
en su propia moneda (Eichengreen et al., 2007). Esto obliga a asumir deuda  
en divisas fuertes, transfiriendo el riesgo cambiario al país deudor. Cualquier  
devaluación inflará el peso real de la deuda.  
Deficiencias estructurales de la arquitectura de la deuda soberana  
Entre los principales problemas de la arquitectura de deuda global, que  
además data desde hace varias décadas, se encuentra la ausencia de un  
marco multilateral, permanente e independiente para la reestructuración de  
deudas soberanas. Este hecho incluso provocó el debate a fines de la déca-  
da del noventa sobre alternativas como la de Anne Krueger o la de Kunni-  
bert Raffer, pero que terminaron siendo reemplazadas por la propuesta de  
acreedores privados y una salida contractual: la inclusión de cláusulas para  
la reestructuración, con foco especial en las Cláusulas de Acción Colectiva  
(CACs) (Cantamutto, 2025). En la práctica, las CAC tienen limitaciones en su  
aplicación retroactiva y no impiden los litigios agresivos en cortes extranje-  
ras y siguen subordinadas a la voluntad del mercado (Gelpern et al., 2020).  
El ecosistema de la deuda soberana ha cambiado. Actualmente, existe una  
presencia preponderante de tenedores de bonos que ha desplazado al Club  
de París y a la banca comercial tradicional. Existe un universo más hetero-  
géneo y opaco de acreedores privados a través de los mercados de bonos  
globales, fuertemente vinculados al capital en la sombra o shadow banking  
(Gabor, 2021). Además, existe un mayor rol de acreedores no tradicionales,  
Actualmente, se observan patrones que parecen repetirse, pero en un con-  
texto de mayor incertidumbre y vulnerabilidad. Tras la crisis de 2007-2008,  
las políticas de flexibilización cuantitativa (quantitative easing) en países  
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fundamentalmente China, que ha reconfigurado las relaciones de depen-  
dencia extra-occidentales (Horn et al., 2021).  
De la gestión de crisis ad hoc a la construcción de nueva gobernanza basada  
en principios  
Esta heterogeneidad fragmenta y complejiza las renegociaciones de deu-  
da. A su vez, aumentan los incentivos para el comportamiento oportunista  
de fondos de cobertura altamente especulativos (holdouts o “fondos buitre”).  
Estos fondos bloquean acuerdos mayoritarios y exacerban crisis prolonga-  
das bajo el amparo de la asimetría legal internacional (Guzmán, 2016).  
Los cambios observados exigen un nuevo enfoque para abordar las crisis  
de deuda. Sin embargo, ante el vacío de marcos o mecanismos de resolución  
de crisis de deuda, se depende de iniciativas ad hoc y estructuras informa-  
les controladas por países centrales y las instituciones de Bretton Woods  
(Stiglitz & Gallagher, 2021). Por ejemplo, el Marco Común del G20 para el  
Tratamiento de la Deuda, lanzado tras la pandemia, ha demostrado deficien-  
cias desde su concepción hasta su aplicación y resultados. Al ser un espacio  
informal y carecer de mandatos vinculantes, los procesos se vuelven lentos  
y estériles (UNCTAD, 2024).  
La renegociación de una deuda pública insostenible es necesaria y urgente  
para varios países periféricos, 58 países tienen altos niveles de deuda (UNC-  
TAD, 2025) y 38 países de ingreso bajo están en riesgo de insostenibilidad  
de deuda (Fondo Monetario Internacional, 2026). Sin embargo, la situación  
de deuda es heterogénea entre países y regiones. Por lo tanto, un impacto  
sostenible en el largo plazo requiere una reforma en la gobernanza y la ar-  
quitectura de la deuda.  
El impacto de una reforma debe abordar todo el ciclo de deuda, desde la  
emisión de deuda hasta los procesos de renegociación. Distintas piezas de-  
ben ser ensambladas de manera más adecuada para reconfigurar un nuevo  
rompecabezas de arquitectura de la deuda. Esta nueva arquitectura contri-  
buiría a lo siguiente:  
Viabilizar, desde el rol de la deuda en las economías periféricas, el  
ejercicio pleno de los derechos humanos.  
La intervención del Fondo Monetario Internacional [FMI] se centra en ga-  
rantizar la liquidez necesaria para que los Estados sigan sirviendo sus obli-  
gaciones con acreedores externos. El FMI actúa como un rescatista de facto  
de acreedores privados (Stiglitz & Guzmán, 2025) y sus programas de ajuste  
terminan socializando las pérdidas (Tooze, 2018).  
Reducir la pobreza aún persistente en países periféricos, así como  
reducir las crecientes desigualdades que afectan a países de ingreso  
bajo y medio.  
Alcanzar las metas de desarrollo sostenible internacionalmente  
acordadas (Agenda 2030), que tiene un avance del 37% solamente en 11  
de 15 años (Naciones Unidas, 2025b), así como contemplar el desarrollo  
sostenible más allá de esta agenda, en cuanto a tiempo y ambición.  
Cumplir los compromisos climáticos, en particular el financiamiento  
de la adaptación al cambio climático y una transición energética justa.  
Eliminar el círculo vicioso de la deuda del que los países periféricos  
no han podido salir y se ha convertido en una dependencia en creci-  
miento espiral por el peso ascendente de su servicio en los presupues-  
tos públicos.  
No existen incentivos para el inicio oportuno de tratamientos de deuda. Se  
postergan para evitar ver restringido su acceso a financiamiento y a mer-  
cados de capital. En esa lógica, se evita la cesación de pagos de deuda o  
default, aunque ello implique resignar obligaciones en materia de derechos  
y desarrollo. Los países se ven obligados a desviar recursos vitales hacia el  
servicio de la deuda, asumiendo costos económicos y sociales profundos.  
Existe la necesidad de integrar una, hasta ahora esquiva, responsabilidad  
compartida. En un contrato entre privados, el acreedor asume un riesgo por  
el que cobra un interés; si el deudor quiebra, el acreedor absorbe parte de la  
pérdida. En el ámbito soberano, el riesgo financiero se transfiere por comple-  
to a la nación deudora. Los acreedores privados que conceden préstamos  
arriesgados y con altos tipos de interés deberían asumir una parte justa del  
coste si las cosas salen mal (Gill, 2024). Además, Pahnecke y Bohoslavsky  
(2022) señalan que esos costos deberían reducirse a medida que se cum-  
plen las obligaciones, para liberar recursos que permitan a los Estados cum-  
plir sus obligaciones en materia de derechos humanos.  
Viabilizar un sistema económico y financiero justo, para que la deu-  
da no sea una herramienta geopolítica donde las economías centrales  
ejerzan el poder del capital frente a los países prestatarios de la periferia.  
Entre los principales componentes de una arquitectura de deuda actual se  
subrayan los siguientes:  
1. Gobernanza: el proceso de toma de decisiones respecto a las reglas  
de juego. Esto involucra a los principales actores y su rol en el sistema,  
países prestatarios, acreedores, bloques de acreedores, en un futuro  
cercano bloques de prestatarios y otros actores altamente influyentes  
como las agencias de calificación crediticia.  
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2. Metodologías y criterios de sostenibilidad de deuda: el espacio para  
endeudarse, la medición de su capacidad de pago e incluso la magni-  
tud del alivio de deuda o una renegociación se basan principalmente en  
criterios e indicadores definidos por el FMI. Sin embargo, los países no  
se evalúan bajo la misma vara. Se distinguen a países de ingreso bajo y  
países con acceso a mercados, variando los umbrales e incluso criterios  
subjetivos sobre su capacidad de pago. Estos criterios carecen de trans-  
parencia y omiten la inclusión consistente de aspectos relacionados  
con derechos humanos, objetivos de desarrollo y resiliencia climática.  
Estos sesgos son reforzados por el rol de las agencias de calificación  
crediticia, que tienen un conflicto de interés y no están reguladas (Mu-  
chhala et al., 2026).  
3. Interacción de políticas fiscales y monetarias: el hecho de que algu-  
nos países tengan una deuda superior al 100% de su PIB y otros nece-  
siten una renegociación urgente en el 60% del PIB refleja no solo la dis-  
tinta vara de medición, sino también la flexibilidad respecto a la política  
monetaria que se restringe en países periféricos.  
conformación de un espacio democrático basado en procesos de decisión  
bajo el criterio “1 país: 1 voto”, a diferencia de los espacios actuales, donde  
las decisiones priman por el nivel de cuotas de los países en organismos  
internacionales –“1 dólar: 1 voto”–.  
Este cambio generaría que la periferia también forme parte del estableci-  
miento de políticas y reglas sobre la deuda soberana, bajo un modelo vincu-  
lante implementado por los distintos actores que forman parte del sistema  
de deuda.  
Existe una serie de aspectos que una Convención Marco de Deuda Sobera-  
na en Naciones Unidas podría abordar, como los siguientes:  
1. Un mecanismo de resolución y prevención de crisis de deuda inde-  
pendiente, oportuno y vinculante para todos los acreedores externos,  
con el fin de renegociar la deuda insostenible.  
2. La implementación de cláusulas de suspensión de pago de la deuda  
externa ante eventos externos como catástrofes naturales, pandemias  
y otros, dado que las cláusulas que tienen algunos organismos actual-  
mente son insuficientes.  
4. Legislaciones nacionales: algunos países periféricos cuentan con ar-  
tículos sobre límites de deuda en su Constitución Política de Estado,  
otros con reglas fiscales de deuda. En las jurisdicciones principales don-  
de se deciden los arbitrajes de deuda (Nueva York o Londres) no existe  
legislación para evitar el ejercicio de fondos buitre en contra de países  
prestamistas.  
5. Transparencia y rendición de cuentas: el acceso a la información pú-  
blica sobre condiciones contractuales, montos, destino de la deuda, et-  
cétera, aún es insuficiente. La falta de información también es una des-  
ventaja para los propios países prestatarios al momento de renegociar  
su deuda. Los marcos de rendición de cuentas son débiles o inexisten-  
tes, lo que involucra también a acreedores.  
3. El acceso a financiamiento concesional, que involucra la reducción  
de los costos de financiamiento de parte de acreedores oficiales, y abor-  
dar el rol de las agencias de calificación crediticia respecto al costo en  
los mercados de capital.  
4. El apoyo a la creación de una Agencia de Calificación Crediticia Mul-  
tilateral, en seguimiento a la iniciativa ya en curso de una agencia regio-  
nal africana.  
5. Un marco de sostenibilidad de deuda que no solo priorice la capaci-  
dad de pago, es decir, cuánto ajuste fiscal puede tolerar una economía  
antes de entrar en default. Este enfoque debe ser sustituido por una  
concepción integral en línea con la garantía de los derechos humanos,  
la equidad de género, la mitigación de la crisis climática y el desarrollo  
humano (Bohoslavsky, 2020).  
6. Los desafíos de la deuda interna como parte del portafolio de la  
deuda pública e impactos en las economías locales.  
7. El rol de los Bancos Multilaterales de Desarrollo en el acceso a fi-  
nanciamiento concesional y potencialidades, como son los préstamos  
en moneda local.  
8. Las legislaciones nacionales para países acreedores y prestatarios,  
que protejan de acciones legales de fondos de inversión oportunistas,  
desde un enfoque de previsión.  
9. La transparencia en materia de deuda más allá de acceso a informa-  
ción. La conformación de un registro único, agregado y públicamente  
La propuesta de una Convención Marco sobre la Deuda Soberana  
La propuesta más ambiciosa en la actualidad desde distintos actores,  
como la Unión Africana, algunas naciones de la periferia como Brasil y Cuba,  
pequeños estados insulares, organizaciones de sociedad civil y movimien-  
tos de deuda del mundo, es el establecimiento de una Convención Marco de  
Deuda Soberana en Naciones Unidas.  
Esta Convención abordaría directamente el primer aspecto clave en una  
nueva arquitectura de la deuda: la gobernanza. Esto se daría a través de la  
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accesible, alimentado por acreedores y deudores. Asimismo, un registro  
global del tenedor final de la deuda soberana.  
de la arquitectura de la deuda y su gobernanza. Así, la materialización de  
la propuesta sobre la Convención demanda voluntad política y el reconoci-  
miento de Naciones Unidas como el espacio verdaderamente democrático  
y legítimo para dirimir cuestiones de soberanía financiera. En esa línea, la  
Convención es pieza clave para nueva arquitectura que entienda la deuda  
como un mecanismo de financiamiento ético puesto al servicio del bienestar  
común y del desarrollo sostenible con soberanía.  
Tras el Compromiso de Sevilla acordado en la Cuarta Conferencia de Fi-  
nanciamiento para el Desarrollo de 2025 (Naciones Unidas, 2025a), existen  
oportunidades que pueden impulsarse y potenciarse en una Convención  
Marco de Deuda Soberana, como los siguientes:  
Los Principios de endeudamiento y financiamiento responsable, a  
ser implementados de forma vinculante por acreedores y prestatarios.  
La Plataforma de países prestatarios, que se constituye en un espa-  
cio de intercambio de experiencias y asistencia técnica para reforzar la  
voz de países prestatarios en la arquitectura de la deuda.  
Los Principios de alta integridad para canjes de deuda ante su pro-  
moción en diferentes espacios y preocupaciones crecientes en su uti-  
lización.  
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Giro (DEG). La emisión de DEG tras la pandemia en 2021 demostró que  
África y América Latina utilizaron extensamente esta asignación para  
financiar gastos presupuestarios urgentes en un contexto de espacios  
fiscales reducidos (Latindadd & CEPR, 2023). Cabe resaltar que estos  
recursos no se traducen en deuda y podrían contribuir, ante diversas  
necesidades de financiamiento, a una tasa ciertamente más baja que la  
ofrecida por mercados internacionales.  
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La aprobación de una Convención Marco de Deuda Soberana en Naciones  
Unidas enfrenta la oposición de la Unión Europea, Estados Unidos y otros  
países acreedores netos. Estos actores prefieren mantener la influencia de  
instituciones donde concentran mayor poder de decisión, como el FMI. Una  
reforma de este tipo podría limitar su control sobre las reglas de la arquitec-  
tura financiera y de deuda, restringir la protección de intereses del capital  
privado, promover enfoques alternativos al Marco Común y afectar el papel  
de jurisdicciones clave como Nueva York y Londres.  
Existen procesos al interior de Naciones Unidas como los Foros de Finan-  
ciamiento al Desarrollo, en los que se discute la implementación del Compro-  
miso de Sevilla y que incorporan, como uno de los acuerdos más cercanos  
a un cambio en la gobernanza, la conformación de un proceso interguber-  
namental que emita recomendaciones de reforma de la arquitectura de la  
deuda, cuya aprobación recae en la Asamblea General de Naciones Unidas.  
El planteamiento y la negociación permanente de los gobiernos de países  
periféricos en espacios globales es clave para avanzar hacia una reforma  
Latindadd & CEPR. (2023). Más Derechos Especiales de Giro para Amé-  
rica  
Latina.  
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